martes, 24 de diciembre de 2019





Capítulo.-53

 La caza de las comadrejas. 

La noche antes de salir a cazar comadrejas, Don Zacarías mantuvo la puerta de la nave en la cual tiene enjaulados los ratones “coloraos”, en grandes jaulas de acero reforzado abierta, y antes del amanecer la cerró desde larga distancia; valiéndose para ello de una cuerda lo suficientemente larga que había dejado atada a la puerta de la citada nave industrial, de tal magnitud fue el tirón que de la cuerda dio, que el golpe dado por la puerta al cerrarse despertó a todos los demás gatos que en el encinar habitan, incluido el servicio doméstico. Ante semejante ruido, todos acudieron a la explanada que frente a la casona hay, tanta prisa se dieron pensando que se trataba de una emergencia que todos bajaron en “paños menores”, portaban todos ellos calzoncillos pulgueros, ocasión que Don Zacarías aprovechó para fotografiarlos adecuadamente, al tiempo que les explicaba lo sucedido, de cómo aparecieron en la explanada las gatas del servicio doméstico, mejor no hablar. Una vez explicado lo sucedido les ordenó que se aseasen convenientemente y que les fuera servido el desayuno a todos, hoy y sin que sirva de precedentes el desayuno y la comida estaban compuesto de ración doble de piensos sabor “FAISAN”, pero dada la hora que era y faltando más de tres horas para que diera comienzo la jornada laboral, les convocaba a todos a una lectura en la sala de video conferencias.
Una vez aseados y vestidos adecuadamente para la gran jornada que se avecinaba, el servicio doméstico les proveyó de un morral  con suficientes piensos para que pudieran aguantar todo el día cazando comadrejas. Una vez que todos estaban debidamente aprovisionados se dirigieron a la sala de video conferencias, donde ya estaba Don Zacarías con todo dispuesto para dar comienzo a la lectura, la Gran Arpía, en lugar bien visible para todos los asistentes, presidiendo la lectura y Don Zacarías con varios folios en el atril.
Solamente comunicaros –dijo- que hoy os empleéis a fondo, pues mañana os doy el día libre para compensaros de estos sacrificios que hacéis por el bien de esta comunidad.  Akila queda exento de ir a cazar comadrejas, pues tiene que ayudar a Lázaro a confeccionar la lista de las plantas medicinales, pero este protestó tanto por  no poder ganarse unos cuantos € extras,  que al final y por una vez Don Zacarías dio su brazo a torcer y le permitió salir con los demás a la cacería programada. Creo que fue la forma de compensarlo por la tierra expropiada.
Hoy vais a saber cómo funcionan los jueces españoles y los empleados que a sus órdenes trabajan en los juzgados (pon Juzgados en minúsculas).  A mí me ordenó que comenzase la lectura sin más preámbulos, cosa que hice sin más.

La lectura de hoy dice así:

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NUMERO DOS DE ZORROSMONDIGO.-
LARA NINO, Procuradora de los tribunales, en nombre y representación de Don PATROCINIO HERRERO ZAPATERO, mayor de edad, vecino de esta Ciudad, con domicilio en C/ Gatos para Saltar Nº 41, bajo; y con N.I.F. Nº 075225666 H, CONFORME TENGO ACREDITADO MEDIANTE EL TESTIMONIO DE APODERAMIENTO APUD ACTA A MI FAVOR OTORGADO, como mejor en derecho proceda, ante el juzgado comparezco y DIGO:
Que por medio del presente escrito me persono en autos de juicio de faltas 155/2009 de este juzgado, con el fin de que se me tenga  por personada y parte, se me dé vista de todo lo actuado y se entiendan conmigo las sucesivas diligencias en el modo y forma prevenidos en la Ley, todo ello bajo la dirección letrada del Sr. Mínguez.
Que así mismo manifiesto que mi representado ha sido notificado, por medio del servicio de correos, del auto de fecha diez de los corrientes a la vez que se le convoca para juicio de faltas a celebrar el día 9 del mes de Noviembre del presente año, a las 13,45 horas.
Que en el expresado auto se acuerda el sobreseimiento provisional de la denuncia al no estar determinada la identidad del gato/a que difundió el mensaje entre los miembros de ZAPASOCIADOS.
Que se le advierte al denunciante en el expresado auto que contra el mismo puede interponer recurso de reforma en el plazo de tres días.
Que por entender que el auto en cuestión no se ajusta a derecho, dicho sea en términos de estricta defensa y con todos los respetos interpongo contra el mismo, en término y forma legales, recurso de reforma con apoyo en las siguientes

CONSIDERACIONES:

Primera.- Con fecha 29 del pasado mes de Julio mi mandante interpuso dos denuncias: Una, ante la Comandancia de la Guardia Civil y otra ante el Juzgado de Guardia.
En la primera de dichas denuncias manifestaba la recepción de tres correos electrónicos, cuyos textos adjuntaba, en los que de una manera clara se le amenazaba con consecuencias imprevisibles, pero suficientes para crear un estado de malestar sumamente preocupante sobre todo por el conocimiento de hechos de los que solo su ex compañera sentimental debería ser conocedora.
En la segunda de las mencionadas denuncias hacía referencia a la difusión por parte de la hermana de su ex compañera referida de hechos gravemente atentatorios contra la fama y honor del denunciante, máxime si se tiene en cuenta de que tales hechos se difundían mediante el uso de medios públicos que implican el conocimiento de ellos por numerosas personas.

Segunda.- Una vez interpuestas tales denuncias, mi mandante compareció en el juzgado al que tengo el honor de dirigirme para tomar conocimiento de ellas, saber el estado de tramitación y, en su caso, proponer los medios de prueba pertinentes. En suma, hacer uso de su legítimo derecho de personarse en la causa e instar los medios de prueba pertinentes (Art. 776 de la L.E.C.).
Como quiera que el funcionario ante el que acudió no se prestó a proporcionarle la información oportuna, negándole el derecho constitucional reconocido en el Art. 24 de la Constitución Española, ante esto formuló la pertinente queja por escrito.
Y ahora nos encontramos con que, a pesar de señalar las personas con nombres y apellidos a quienes se imputan hechos que, para mi representado, son de extrema gravedad, se sobreseen las actuaciones sin llevar a cabo la comprobación de los hechos denunciados, hechos que en algún caso pueden ser constitutivos de delito, cuando menos en apariencia.
En todo caso, se sobreseen en un supuesto y se convierten en falta en otro sin saber por esta parte si se han articulado medios probatorios y sin, ni siquiera, haberlos podido proporcionar ya que, una vez interpuestas las denuncias, mi representado no ha tenido el menor conocimiento, hasta la notificación del auto referido, de la situación procesal de las causas.

Tercera.- Por ello y ante lo que respetuosamente se considera una infracción del Art, 24 de la CE y 776 de la L.E.C., se interpone el presente recurso de reforma contra el auto que se cita.
En su virtud.

SUPLICO AL JUZGADO: Que habiendo por presentado este escrito y su copia, se sirva admitirlo: tenerme por personada y parte a nombre de quien comparezco con el fin de que se entiendan conmigo las sucesivas diligencias; darme vista de todo lo actuado y tener por interpuesto en legales termino y forma, recurso de reforma contra el auto que se cita en el encabezamiento y dando lugar al mismo, reformar dicho auto, decretando seguir el trámite correspondiente contra las gatas y gatos denunciados en cada una de las dos denuncias interpuestas.



Zorros Mondigo, a 21 de septiembre de 2009.


Hasta aquí la lectura de hoy, todos a las comadrejas –dijo Don Zacarías-  y a la vuelta quiero comadrejas, no quiero que me cuenten mentiras de cazador.




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